Miguel Angel Gaytán Montes, 15 de agosto de 2025.
Las Normas Oficiales Mexicanas (NOM) en materia de salud eliminadas por el régimen del presidente Andres Manuel López Obrador en junio de 2023 fueron 34 (ver ref. 1), su impacto en la salud de los mexicanos la estaremos sufriendo día con día pero… ¡primero los pobres!
Para que a todos nos quede claro de qué se trata esto de las NOM’s, tomaré textualmente la descripción que ofrece la Secretaría de Salud en su portal oficial en internet, a saber:
¿Qué son las Normas Oficiales Mexicanas? (ver ref. 2)
“ Las Normas Oficiales Mexicanas (NOM) son regulaciones técnicas de observancia obligatoria expedidas por las dependencias competentes, que tienen como finalidad establecer las características que deben reunir los procesos o servicios cuando estos puedan constituir un riesgo para la seguridad de las personas o dañar la salud humana; así como aquellas relativas a terminología y las que se refieran a su cumplimiento y aplicación.
Las NOM en materia de Prevención y Promoción de la Salud, una vez aprobadas por el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Prevención y Control de Enfermedades (CCNNPCE) son expedidas y publicadas en el Diario Oficial de la Federación y, por tratarse de materia sanitaria, entran en vigor al día siguiente de su publicación.”
… fin de la cita.
Dada la descripción de la Secretaría de Salud, entiendo que estas normas están diseñadas en beneficio de el bienestar de los habitantes de nuestro país. Es por eso que me saltan varias preguntas;
- ¿Cual es el objetivo de eliminar estas normas?
- ¿Acaso los riesgos y enfermedades a las cuales éstas normas están orientadas, ya no existen?
- ¿Habrá nuevas normas que consideran los procedimientos y estándares a considerar en cada uno de estos 34 casos?
Ya que no soy un especialista de la salud, te invito a leer de qué normas se trata y procures responder las preguntas que acabo de plantear. Para lo cual, a continuación presento una lista de las 34 NOM eliminadas en junio de 2023 por el presidente Andrés Manuel López Obrador.
Denominación de las NOM:
- NOM-029, Para la vigilancia epidemiológica, prevención y control de la leptospirosis en el humano.
- NOM-033, Para la vigilancia, prevención y control de la intoxicación por picadura de alacrán.
- NOM-038-SSA2-2010, Para la prevención, tratamiento y control de las enfermedades por deficiencia de yodo.
- NOM-042, Prevención y control de enfermedades. Especificaciones sanitarias para los centros de prevención y control de zoonosis (enfermedades relativas a perros y gatos que son transmitidas al humano por contagio).
- NOM-029, Para la prevención y control de la leptospirosis en el humano.
- NOM-050, Para el fomento, protección y apoyo a la lactancia materna.
- NOM-043, Servicios básicos de salud. Promoción y educación para la salud en materia alimentaria. Criterios para brindar orientación.
- NOM-009, Promoción de la salud escolar.
- NOM-206, Cascos de seguridad para la prevención y atención inmediata de lesiones en la cabeza de motociclistas - Acciones de promoción de la salud - Especificaciones de seguridad y métodos de prueba, información comercial y etiquetado.
- NOM-008, Para el tratamiento integral del sobrepeso y la obesidad.
- NOM-013, Para la prevención y control de enfermedades bucales.
- NOM-015, Para la prevención, tratamiento y control de la diabetes mellitus.
- NOM-030, Para la prevención, detección, diagnóstico, tratamiento y control de la hipertensión arterial sistémica.
- NOM-037, Para la prevención, tratamiento y control de las dislipidemias.
- NOM-006, Para la prevención y control de la Tuberculosis.
- NOM-027, Para la prevención y control de la lepra.
- NOM-016, Para la vigilancia, prevención, control, manejo y tratamiento del cólera.
- NOM-039, Para la prevención y control de las infecciones de transmisión sexual.
- NOM-032, Para la vigilancia epidemiológica, prevención y control de las enfermedades transmitidas por vector.
- NOM-021, Para la vigilancia, prevención y control del binomio teniasis/cisticercosis en el primer nivel de atención médica.
- NOM-022, Para la prevención y control de la brucelosis en el ser humano.
- NOM-028, Para la prevención, tratamiento y control de las adicciones.
- NOM-025, Para la prestación de servicios de salud en unidades de atención integral hospitalaria médico-psiquiátrica.
- NOM-048, Para la prevención, detección, diagnóstico, tratamiento, vigilancia epidemiológica y promoción de la salud sobre el crecimiento prostático benigno (hiperplasia de la próstata) y cáncer de la próstata (tumor maligno de próstata).
- NOM-049, Para la prevención, detección, diagnóstico, tratamiento, control y vigilancia epidemiológica de la osteoporosis.
- NOM-035, Para la prevención y control de enfermedades en la perimenopausia y postmenopausia de la mujer. Criterios para brindar atención médica.
- NOM-031, Para la atención a la salud del niño.
- NOM-047, Para la atención a la salud del Grupo Etario de 10 a 19 años de edad.
- NOM-014, Para la prevención, detección, diagnóstico, tratamiento, control y vigilancia epidemiológica del cáncer cérvico uterino.
- NOM-041, Para la prevención, diagnóstico, tratamiento, control y vigilancia epidemiológica del cáncer de mama.
- NOM-029, Regulación de los servicios de salud. Para la práctica de la cirugía oftalmológica con láser excimer.
- NOM-014, Para la asistencia social alimentaria a grupos de riesgo.
- NOM-031, Asistencia social. Prestación de servicios de asistencia social a adultos y adultos mayores en situación de riesgo y vulnerabilidad.
- NOM-032, Asistencia social. Prestación de servicios de asistencia social para niños, niñas y adolescentes en situación de riesgo y vulnerabilidad.
Ya que, como dije, no soy un especialista en salud, solo revisaré algunos datos referentes a los padecimientos más relevantes por su incidencia en los mexicanos, a los cuales hacen referencia algunas de las normas y que su eliminación, podría resultar en atencion inadecuada para los pacientes.
Caso NOM-008, Para el tratamiento integral del sobrepeso y la obesidad.
- Según datos del Instituto Nacional de Salud Pública, en 2024 el 36.9% de los mexicanos padecen obesidad y éste porcentaje podría llegar a 45% en 2030. (ver ref. 3)
Caso NOM-015, Para la prevención, tratamiento y control de la diabetes mellitus.
- Según datos del INEGI, en 2023 la tasa de mortalidad debido a diabetes, fue de 85.1 muertes por cada 100 mil habitantes, mientras en 2018 fue de 80.4. (ver ref. 4)
Caso NOM-014, Para la prevención, detección, diagnóstico, tratamiento, control y vigilancia epidemiológica del cáncer cérvicouterino.
- El cáncer cérvicouterino, es la segunda causa de muerte en mujeres, según datos del IMSS en 2024. (ver ref. 5)
Caso NOM-041, Para la prevención, diagnóstico, tratamiento, control y vigilancia epidemiológica del cáncer de mama.
- En 2019 se le clasificó al cáncer de mama, como la causa número uno de muerte en mujeres. (ver ref. 6)
Seguramente usted, vecino, otorgaría relevancia a otros padecimientos más, relativos a las NOM eliminadas y quizás ya habrá sufrido los efectos de su eliminación…
Mi conclusiones son las siguientes:
¿Cual es el objetivo de eliminar estas normas?
La obligatoriedad de apegarse a normas y procedimientos, trae consigo la necesidad de realizar erogaciones por concepto de la compra de equipos, medicamentos y contratación de personal capacitado y suficiente.
Por lo tanto, como consecuencia de su eliminación, los gobiernos, en sus tres órdenes, tendrán a su disposición recursos adicionales para cubrir prioridades diferentes a la salud, pues ya no se tendrían que apegar a ninguna norma o procedimiento de atencion médica.
Una posible prueba de lo anterior es, la reducción del presupuesto asignado al sector salud desde 2019 hasta 2024. Por ejemplo, para 2025 la disminución del gasto de enero a junio fue del 35%, respecto al mismo período de 2024.
¿Acaso los riesgos y enfermedades a las cuales éstas normas están orientadas, ya no existen?
Por supuesto que los riesgos y enfermedades en los cuales éstas normas se enfocan no han desaparecido. (ver ref. 4)
¿Habrá nuevas normas que consideran los procedimientos y estándares a considerar en cada uno de estos 34 casos?
No hay nuevas normas que reemplacen a las 35 eliminadas.
Es de todos conocido que quienes más utilizan los servicios médicos que proporciona el sector salud en sus tres órdenes de gobierno, son las personas más pobres y vulnerables, por lo tanto son quienes, desde junio de 2023, ya no recibirán la atencion que se estaba proporcionando, pues ya no existen las normas que les obligue a cumplir con protocolos determinados por aquellas normas eliminadas.
La realización de la atencion preventiva de enfermedades o la prevención de amenazas de epidemias, así como los protocolos de tratamiento, van a depender de la voluntad del personal médico, así como del nivel de abasto de insumos en los hospitales y centros de atención y no habrá elementos para exigir una atencion adecuada, esta ¡va a depender de la voluntad del estado!
Si ya el sistema de salud mexicano tenía graves deficiencias, con la eliminación de estas normas, ¡Los más pobres cada día serán quienes más sufran las carencias, ocasionadas por un Estado al que no le importa el bienestar de los habitantes!
Mi estimado vecino…
¿Usted, que piensa?
REFERENCIAS:
1 Diario Oficial de la Federación
2 Normas Oficiales Mexicanas
https://www.gob.mx/salud/en/documentos/normas-oficiales-mexicanas-9705
3 Sobrepeso y obesidad
https://www.insp.mx/avisos/obesidad-principal-problema-de-salud-en-mexico
4 Estadísticas de defunciones registradas en 2023
https://www.inegi.org.mx/contenidos/programas/edr/doc/defunciones_registradas_2023_nota_tecnica.pdf
5 Epidemiología del cáncer cervicouterino
6 Cáncer de mama, una prioridad para la salud de las mexicanas.
https://www.insp.mx/avisos/5090-octubre-cancer-mama-19.html
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