lunes, 27 de junio de 2016

… para la Participación Social, la Cultura y el Deporte…

Participación Social, Cultura y Deporte
Junio 24 2016

El Servicio Comunitario, debe incluirse en los planes de estudio de la SEP, a partir de primaria y hasta nivel licenciatura y ser considerado como materia específica, con horas por acreditar de manera obligatoria. A realizarse en organizaciones no gubernamentales, hospitales, refugios, asilos, orfanatos, eventos especiales, etc… En los hogares debe promoverse como costumbre.

Actividades Culturales deben incluirse en los planes de estudio de la SEP para que sean consideradas como materia específica, a partir de primaria y hasta nivel licenciatura, con horas por acreditar de manera obligatoria. Debiéndose incorporar al Sistema Educativo Nacional, tanto la infraestructura, como el personal y presupuesto requeridos para realizar estas actividades, en el 100% de los planteles del Sistema Educativo Nacional.

Actividades Deportivas deben incluirse en los planes de estudio de la SEP, a partir de primaria y hasta nivel licenciatura, como materias por acreditar de manera obligatoria. Debiéndose incorporar al Sistema Educativo Nacional, tanto la infraestructura, como el personal y presupuesto requeridos para realizar estas actividades, en el 100% de los planteles del Sistema Educativo Nacional.

lunes, 20 de junio de 2016

Las propuestas para la Ley del ISR…

Junio 20 2016



Ley del ISR y SAT

  1. Todos los mexicanos cuyos ingresos les sean suficientes, para adquirir más de una canasta básica promedio diario (… la definida por el INEGI), es decir tener percepciones mayores a $200.00 diarios ($76,000.00 anuales). Deben pagar impuesto sobre la renta, bajo un nuevo tabulador que así lo defina.
  2. Para lo anterior se deberá tomar como  base grabable, la diferencia resultante de, la resta del precio anual de la canasta básica, al total de percepciones anuales del contribuyente.
    • Es importante mencionar que hoy el 57% de los contribuyentes ganan hasta $210.00 (3 SMN’s), por lo que ellos no tendrían obligación de tributación. 
  3. Retabulación del impuesto sobre la renta, que parta desde el 1% hasta una tasa no mayor al 20%.
  4. Fijar impuesto al valor agregado igual para todos los artículos, inclusive medicamentos. A excepción de aquellos que ya tienen un impuesto superior, el cual deben conservar hasta nuevo análisis.
  5. Los impuestos provenientes de, el procesamiento, distribución y venta de medicamentos, deberán etiquetarse para que éstos sean utilizados en la modernización y crecimiento de la infraestructura hospitalaria, así como a la normalización y suficiencia de los servicios que presta el sector salud.
  6. El secretario de Hacienda  deberá informar de manera semestral de los montos de ingresos y egresos en el rubro del punto anterior, así como especificar a nivel municipio, el destino de cada erogación realizada.

viernes, 17 de junio de 2016

Para “evaluar” la Administración del Gobierno…

Junio 13 2016

Administración Pública

1).- Implementar tres índices de gasto de la burocracia; Índice de gasto por habitante, indice de gasto  de los niveles altos e índice de los niveles bajos. El índice de gasto burocrático será medido en base a salarios pagados a burócratas versus la cantidad de habitantes, debiéndose calcular de la siguiente manera:
    1.  Índice de Gasto por Habitante: Total de salarios pagados en un mes dividido por la cantidad de habitantes de la ciudad ó estado correspondiente. Donde los salarios serán todos aquellos que se paguen a mandos medios y altos hasta gobernador ó Presidente Municipal.
    2. Índice de Gasto Alto:        Total de salarios pagados en un mes dividido por la cantidad de habitantes de la ciudad ó estado correspondiente. Donde los salarios serán todos aquellos que se paguen a mandos medios y altos hasta gobernador ó Presidente Municipal.
    3. Índice Gasto Bajo: Los salarios del resto del  personal de la burocracia (excluyendo mandos altos), dividido por la cantidad de habitantes del municipio o estado correspondiente.
La cantidad de ciudadanos será la que publique en sus cifras el INEGI.
Se deberán publicar estos índices en una conferencia de prensa del Gobernador ante los medios de comunicación estatales y por su parte el Presidente Municipal dará una conferencia de prensa ante los medios de comunicación, explicando cada uno las medidas que se tomaron para llegar a las cifras que arroje la medición.

2).- Esta comparecencia deberá ser mensual y anual.

3).- Creación de fuentes de empleo alterno y útil para la sociedad, destinado a  todo aquel personal que ocupe puestos que resulten “prescindibles” en el sistema burocrático, buscando evitar el despido indiscriminado y sin sustento de empleados. Obviamente es importante cuidar el aspecto financiero de la Administración Pública.

4).- Eliminación de puestos de trabajo innecesarios en la burocracia gubernamental, de todos los ámbitos y niveles.

sábado, 11 de junio de 2016

Las reformas que propongo... en materia Electoral

Junio 13 2016

Leyes Electorales

1. Eliminar la posibilidad de coalición entre partidos, para cualquier puesto de elección popular.

2.    Disminución al 50% de las prerrogativas a distribuir a los partidos políticos, independientemente del destino que se le de a los recursos, ya sea para gasto corriente, como los destinados a campañas políticas. Conservándose el método de distribución establecido a la fecha.

3.    Eliminación de representantes plurinominales, ya sean locales o federales.

4.    Implantación de la revocación de mandato a Presidente de la República, Gobernador, Presidente Municipal y Diputados Federales y Locales.

5.    Reelección para Presidente de la República y Gobernador, para un mandato de hasta 12 años y de hasta 6 años para Presidente Municipal y Diputados Federales y Locales.

6.     Prohibición de mensajes de campañas políticas en medios masivos de comunicación, específicamente en Televisión abierta o restringida y en la radio.

7.    Prohibición de mensajes políticos en medios masivos de comunicación, específicamente en Televisión abierta o restringida y en la radio, por parte de los partidos políticos.

8.    Prohibición de mensajes del Gobierno Federal en medios masivos de comunicación, específicamente en Televisión abierta o restringida, así como en la radio. A excepción de aquellos que estén orientados a informar a la ciudadanía en casos de emergencia, estos mensajes deberán orientarse a lograr la coordinación necesaria para asegurar el apoyo a la población y garantizar su seguridad.
 

miércoles, 8 de junio de 2016

¡La CONASAMI; enemigo silencioso del poder adquisitivo del Salario Mínimo!

Junio 7 de 2016

Desde la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, año con año, se gesta una confabulación entre supuestos “Representantes” de los Trabajadores,  de los Patrones y el Ejecutivo Federal, con el fin de asegurar más ganancias para las empresas, dejando de lado las necesidades de sobrevivencia de los trabajadores, establecidas en la “canasta básica”.
Incumpliendo de esta manera el mandato constitucional en cuanto a las características del salario. El cual debe ser remunerador, suficiente y bastante para cubrir las necesidades de los trabajadores y de sus familias. Prueba de ello es que en la actualidad en nuestro país, ¡se necesitan 3 salarios mínimos para poder adquirir una canasta básica, mínimo requerido para una familia de cuatro miembros¡

Esto es Anticonstitucional y tolerado por el Secretario del Trabajo y Previsión Social, así como por el Presidente de la República. Pero también por los representantes de los trabajadores en la susodicha comisión.

Que razón tenía quien dijo; “… si quieres que un problema no se resuelva, crea una comisión”

Uno de los principales argumentos que esgrimen en esta comisión es la BAJA PRODUCTIVIDAD LABORAL, ¿querrán decir que los trabajadores son los culpables de que sus ganancias no sean las deseadas? … pero hasta ahora no han hablado de los ingresos ni de los márgenes de utilidad que tienen las empresas y mucho menos del peso que representan los salarios versus los ingresos.

No estoy en contra de que se considere la productividad laboral como un factor, pero quienes manejan los hilos para la mejora en la productividad es el Patrón, ¡no los trabajadores!

Los Patrones tienen en su mano la responsabilidad del buen manejo de las empresas para que la productividad sea la deseada.

Los patrones tienen en su mano las leyes, por cierto recién reformadas, que les permiten rescindir la relación laboral de un trabajador que no sea productivo.

Si las empresas no han obtenido los índices de productividad deseados, entonces los patrones deberán revisar sus expectativas de productividad, sus decisiones respecto a la Planta y Procesos, y tomar las medidas correctivas pertinentes.

Por lo anterior, es ESTÚPIDO argumentar que los salarios deben ser fijados en base a la PRODUCTIVIDAD LABORAL, ¡como si sólo dependiera del trabajador los resultados de las empresas!

Los Trabajadores se hacen merecedores del salario diario, laborando en el marco de lo que establece la propia Ley Federal del Trabajo en lo referente a las “Obligaciones de los Trabajadores”.
¿Hasta donde tienen que llegar las ganancias de los patrones, para que el trabajador tenga un salario realmente remunerador, es decir constitucional?

Según datos del INEGI a nivel nacional, del total de ingresos de las empresas, sólo destinan el 8.1% para remuneraciones y a los patrones ¡les parece demasiado!

¡La CONASAMI es el enemigo silencioso, que tiene sumido al trabajador en una miseria creciente!

El próximo 23 de junio de 2016, la CONASAMI informará a la Nación sus conclusiones sobre las propuestas que diversos especialistas le presentaron en marzo del presente año, para recuperar el poder adquisitivo.

Yo espero que esta comisión proponga un plan para incrementos graduales al salario, durante un período de 5 a 7 años, hasta alcanzar niveles que cumplan con lo que mandata la constitución.

Si no lo hace en este sentido, entonces esta comisión DEBE DESAPARECER, así como toda la estructura y procedimientos que alrededor de ella se han instrumentado. Los cuales están establecidos en el Capítulo VI de la LFT.

Será necesario cambiar la manera de fijar los incrementos salariales en nuestro país.


Mi propuesta es que los Incrementos salariales se fijen mediante los representantes naturales de los ciudadanos, es decir desde el Congreso de la Unión, teniendo como base, las recomendaciones de la facultad de Economía de la UNAM (por ejemplo). Y elevar a nivel de Ley el monto del Salario Mínimo Nacional, para vigilarse y ser cumplida por todos los actores de la vida económica y laboral de la nación.

miércoles, 1 de junio de 2016

Los “Porque NO” al aumento del Salario…

Junio 31 de 2016

Los bolsillos de los trabajadores en México, no alcanzan para obtener lo necesario para una vida digna. Economistas y Empresarios opinan que hay razones por las que triplicar el salario es inviable.

Sus principales argumentos son;

1. La Productividad Laboral es muy baja,
2. Se afectaría la viabilidad financiera de las empresas,
3. Habría inestabilidad Laboral,
4. Se generaría Inestabilidad en la economía del país,
5. Se ahuyentarían inversiones.

Independientemente de que nuestra Constitución Política en su Art. 123, Fracc. VI, obligue a los Patrones a pagar un salario suficiente como para poder adquirir “la canasta básica”, es inmoral y nada solidario, que los patrones no tengan miramientos en adquirir maquinaria, cubrir las licencias y pagos recurrentes para mantener operando la empresa, pero no están dispuestos en corresponder a los esfuerzos cotidianos, con un incremento salarial, a quienes hacen posible que la empresa camine, los trabajadores.
Lo único que deberían hacer es incluir en las proyecciones financieras de su empresa, el pago de salarios suficientes para cubrir lo que la constitución manda. Deben evaluar la viabilidad de sus empresas, considerando salarios realmente remuneradores y suficientes para que el trabajador tenga una vida digna. Deben considerar los salarios, tal como hacen la proyección de inversión, gastos de ventas, distribución y mantenimiento de la planta.

El origen de este grave problema es la referencia de salario mínimo “LEGAL” el cual toman como base los patrones. Por ejemplo, si pagaran menos de lo que indica el recibo de CFE de su empresa, les cortarían el suministro de energía eléctrica y la planta se detendría, pero si el SMN se rezaga (como está ahora), y les pagamos menos de lo que los trabajadores necesitan para sobrevivir, no pasa nada, pues mientras paguen el mínimo legal, nadie les podrá obligar a que pague lo que la CONSTITUCIÓN dicta. Algo anda mal en el aspecto legal, veamos…

En la Ley Federal del Trabajo en su Artículo 85 dice;
El salario debe ser remunerador y nunca menor al fijado como mínimo de acuerdo con las disposiciones de esta Ley. Para fijar el importe del salario se tomarán en consideración la cantidad y calidad del trabajo.

¡He aquí otro probable origen del problema del rezago salarial!, la propia LFT en su artículo anteriormente expuesto. No debería mencionar que…
Para fijar el importe del salario se tomarán en consideración la cantidad y calidad del trabajo.
Este nivel de detalle en la Ley, es el que pone en predicamento al nivel de remuneración salarial, pues supone que los únicos responsables de la calidad y productividad son los trabajadores.
Las leyes que genera el Legislativo, deben construirse de tal manera que haya forma de vigilar su implementación y cumplimiento, así como las sanciones a que se harán acreedores quienes las incumplan. Pero en este artículo (Art. 85), la LFT le deja abierta la puerta a los patrones para que justifiquen el pago mas bajo posible.
El Artículo 90, deja totalmente claro el espíritu con el que se debe fijar el salario, el cual transcribo; 
Salario mínimo es la cantidad menor que debe recibir en efectivo el trabajador por los servicios prestados en una jornada de trabajo.
El salario mínimo deberá ser suficiente para satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia en el orden material, social y cultural, y para proveer a la educación obligatoria de los hijos.
Se considera de utilidad social el establecimiento de instituciones y medidas que protejan la capacidad adquisitiva del salario y faciliten el acceso de los trabajadores a la obtención de satisfactores.
El Artículo 85 de la LFT, ¡debe desaparecer!
Hasta este momento he comentado sobre el marco jurídico en el que se encuentra empantanado el salario. Pero vayamos al grano, comentemos sobre los principales argumentos que esgrimen los empresarios y economistas, para oponerse al incremento urgente y necesario al salario.
1.    La productividad Laboral es muy baja
Según datos del INEGI, el índice Global de Productividad Laboral de la Economía se ubica en 101.5 al 3º trimestre de 2015, presentando una caída de -0.4% comparado con del mismo trimestre de 2014.
Este dato nos podría hacer pensar que los empresarios y analistas tienen la razón y tomando como referencia lo que dice el Art. 85 de la LFT, los trabajadores no merecen incremento salarial porque su productividad es baja, parece que no deberíamos dudarlo.
Pero resulta que la Productividad Laboral no depende sólo del factor humano, ésta depende de varios factores:
1.- Procesos
1.- Procesos
2.- Planta
3.- Personas
4.- Entorno
El factor Procesos consta de varios elementos como lo son: 
El Diseño que debe contemplar; Misión, Visión, Valores, del Producto ó Servicio, Índices de Calidad, Procesos de Producción, entre los principales.
El Análisis Financiero; del desempeño de la empresa, Ingresos, Gastos, Utilidad, peso de las remuneraciones versus los ingresos de la empresa y definición del monto de incremento al salario.
La Evaluación; del alcance de objetivos de accionistas, de participación de mercado, utilidades y reinversión, por mencionar sólo algunas.
Y la Reingeniería, misma que debe responder a las decisiones que de los dueños resulte o bien del consejo de administración.
En el Factor Planta se manejan dos elementos básicos que son:
Las decisiones operativas de Inversión en; Maquinaria, Equipo, Materiales, Herramientas y Sistemas.
Y un importantísimo aspecto que es el Gasto dirigido a; Ventas y Mantenimiento de la Planta.
El factor que nos ocupa, Las Personas, tiene variables que deben ser consideradas a la hora de evaluar el desempeño, tales como:
La Selección, Inducción, Capacitación, Equipamiento, Desempeño, Evaluación y Planes de Reinstrucción.
Finalmente el factor Entorno, en el cual se deben considerar varias aristas, como son;
Marco Legal, Relaciones con Autoridades, Mercado, Relación Laboral y Responsabilidad Social.
Después de enumerar los diversos factores que influyen en la mejora de la productividad laboral, es desatinado asegurar que ésta depende exclusivamente del desempeño del trabajador, de manera que este argumento no es aceptable ni tiene fundamento técnico.
Veamos el siguiente argumento para no incrementar el salario,
2.   Se afectaría la Viabilidad Financiera de las Empresas:
Este es el argumento más sencillo de analizar, si tomamos como base los datos que el INEGI publicó en su Censo Económico 2014, del cual les daré algunos datos fríos:
Del Total de los ingresos de las empresas en México en 2013, se destinó sólo el 8.1% a remuneraciones, es decir que del total de gastos de las empresas, sólo el 10.3% se destina a remuneraciones.
Adicionalmente a lo anterior, los costos de mano de obra han disminuido en -27.9%, de 2008 a febrero de 2016.
Estos dos datos me permiten concluir que hay margen de maniobra en las finanzas de las empresas para mejorar las condiciones salariales de los trabajadores.
3.   Habría Inestabilidad Laboral
Este es un argumento que en sí mismo es muy débil, pues yo no esperaría que un trabajador que sabe que habrá incremento de salario, se oponga a éste y se incline a realizar paros o protestas por la inminente mejora salarial.
Por otra parte, es de todos sabido que los sindicatos en su gran mayoría están controlados por los patrones y en el peor de los casos, los trabajadores no tienen representación ante los patrones.
Las relaciones laborales en México, están pasando por una gran crisis ya que han sido sometidos o comprados por los patrones. Aunque hay que decirlo, hay sus honrosas excepciones.
Este argumento, ¡tampoco tiene peso!
4.   Se generaría inestabilidad en la economía de nuestro país
Partamos de la definición de economía;
“Ciencia que estudia los recursos, la creación de riqueza y la producción, distribución y consumo de bienes y servicios, para satisfacer las necesidades humanas.

Les propongo que hagamos un ejercicio, se llama “¿Que pasaría si…?” para lo cual tenemos varias opciones, las cuales son:

a)    Si el SMN continúa incrementandose como hasta ahora…
b)    Si el SMN se incrementa de inmediato, a por lo menos el costo de la canasta básica…

Si el SMN continúa incrementándose como hasta ahora…

El crecimiento en el consumo interno del país, crecería en función del incremento de empleos y no del incremento de salarios. La generación de riqueza va en función al consumo de bienes y servicios que las empresas ofertan. El poder adquisitivo de los trabajadores determina el ritmo de creación y crecimiento de las empresas y por lo tanto de la creación de riqueza.
Este proceso de incremento del consumo interno (de los trabajadores) se ha venido dinamizando en los años recientes gracias a la creación de empleos, pero es de lamentar que los nuevos empleos cada ves se ofertan a niveles de remuneración mas bajos.
La economía nacional no tendría posibilidad de despegar de manera importante y dependerá de la capacidad de generación de más empleos y no de las condiciones de bienestar de los ciudadanos, derivada de una mejora salarial.

Si el SMN se incrementa de inmediato, a por lo menos el costo de la canasta básica…

Esto supondría un incremento de un 300% en el poder adquisitivo de los trabajadores, esto traería como consecuencia una mayor demanda de bienes y servicios en el corto plazo, es decir de inmediato. ¡Esto si que sería un desastre!
Pues habría un repentino incremento del 300% de la demanda, lo que generaría desabasto e inflación.

Hablando de manera simple, el escenario anterior no es viable, pues lo ideal es que la capacidad de producir bienes y servicios vaya creciendo a ritmo tal que los trabajadores tengan el poder adquisitivo suficiente para adquirir los nuevos bienes y servicios que se estarán ofertando y así crear un círculo virtuoso de incremento de ingreso – incremento de la demanda – incremento en la oferta – incremento en las ventas – incremento de salarios – incremento de ingreso. ¡Esto es lo deseable!

De ahí que lo más conveniente es establecer un incremento progresivo al SMN, no ligado a la inflación, determinado por la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, en base a un ejercicio que se oriente a alcanzar el nivel de remuneración requerido para que cada trabajador pueda adquirir por lo menos la canasta básica, en un lapso por lo menos de cinco años, cuidando de no provocar crisis económica atribuible a los incrementos salariales.

Estos incrementos progresivos, no ligados a la inflación, deberían quedar plasmados en un PLAN DE RECUPERACIÓN DEL PODER ADQUISITIVO DEL SALARIO, acordado por el Congreso de la Unión, en base a las recomendaciones de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos.

Veamos el último argumento…

5.  Se ahuyentarían inversiones

Si se hiciera realidad el PLAN DE RECUPERACIÓN DEL PODER ADQUISITIVO DEL SALARIO, la expectativa de incremento en la demanda, atraería inversiones a nuestro país de manera extraordinaria. Pues la demanda potencial es del 300% superior a la actual.

CONCLUYENDO

En definitiva, las empresas tienen margen de maniobra para incrementar las remuneraciones de los trabajadores.

Solo hace falta que la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, haga su trabajo de manera realista e informada, lo cual está a punto de suceder el próximo 23 de junio de 2016. Por lo menos eso es lo que yo espero. Ya que la CNSM, ha anunciado que recibió las recomendaciones de expertos el pasado mes de marzo, encaminadas a la recuperación del poder adquisitivo del Salario Mínimo.

En consecuencia, el Congreso de la Unión deberá elevar a rango de Ley dicho plan, para que todos los patrones se sujeten a él y los trabajadores aspiren a tener una vida digna en condiciones de bienestar deseables, con una economía nacional creciente.