Miguel Angel
Gaytán Montes, 2 de diciembre 2016.
¡Al fin!
Después de un retraso de casi seis meses, la Comisión Nacional de
los Salarios Mínimos (CONASAMI) dio a conocer la primera medida de incremento
salarial, tendiente a recuperar el poder adquisitivo del Salario Mínimo de los
trabajadores, el cual tiene un déficit acumulado cercano al 280%, comparado con
el dinero necesario para adquirir una “canasta básica”, suficiente para una
familia de 4 miembros.
La canasta básica ronda alrededor de los $200.00, mientras el
salario hasta noviembre 2016, era de $73.00. En pocas palabras, se requeriría
que 3 de los cuatro miembros de esa familia tuvieran ingresos de un salario
mínimo para poder adquirir una canasta básica.
Esta dichosa comisión, la CONASAMI, admitió el grave rezago que el
poder adquisitivo del salario mínimo tiene y ha tomado una serie de medidas
internas para buscar mecanismos que permitan la recuperación, por ejemplo; ha
consultado expertos nacionales e internacionales, incluidos los del Banco de
México, en marzo del presente año.
También asumió el compromiso ante la sociedad de que el 26 de
junio hace casi 6 meses, daría a conocer las conclusiones derivadas de las
recomendaciones emitidas por los mencionados expertos.
Adicionalmente creó un comité técnico que se encargaría del
análisis de los informes de dichos expertos el cual tendría la misión de
proponer los mecanismos de ajuste paulatino al salario, de manera que se
cuidaran todos los factores económicos que interactúan en nuestra economía. Es
decir, se buscaría otorgar incrementos progresivos que en el transcurso de
algunos años permitan que el Salario, recupere su poder adquisitivo, sin
originar efectos negativos como inflación, pérdida de empleos, cierre de micro
y pequeñas empresas, principalmente.
Todo esto sonaba muy bien y en fase con lo que todos deseamos.
Pero el gozo se me fue al pozo cuando se anunció que el salario
sería de $80.04 a partir de enero de 2017. Esto derivado de la asignación de un
“Monto de Incremento de Recuperación”
de $4.00 a partir de diciembre de 2016, el cual será otorgado a quienes
perciban un salario mínimo y un incremento salarial general de 3.9% a partir
del uno de enero de 2017, para quienes manejen salarios por contrato colectivo.
Y digo que el gozo se fue al pozo, porque si se mantiene este
ritmo anual de ajustes e incrementos, el salario tendría la recuperación
anhelada en un plazo cercano a los 10 años, siempre y cuando la inflación en
ese período fuera CERO.
Estoy seguro que esta medida sume en la desesperanza al trabajador,
pues está privilegiando a los dueños del dinero y a los fieles escuderos
gubernamentales, dejando en indefensión a mas del 50% de la población
económicamente activa del país, quienes ganan menos de 3 salarios mínimos.
Este mecanismo de fijación del salario mínimo legal, no representa
los intereses de los trabajadores… las pruebas están a la vista. Es tan pequeño
el incremento, que les puedo asegurar que no habrá efecto negativo en la economía.
Tomando como base los estudios de los expertos, quienes han
comprobado en diversos países, que un incremento de 20% en salarios, tiene
efectos casi imperceptibles en la inflación durante el primer año, y este
efecto desaparece con el paso del tiempo, por lo que de haberse otorgado un
incremento superior, nos arrojaría mejores expectativas de recuperación.
Solo me queda esperar que en 2017, la economía nos demuestre que
los ajustes pueden ser más agresivos buscando una recuperación mas rápida, sin
afectar los resultados macroeconómicos. De ser así, ya no tendrán mas excusas y
deberán realizar ajustes paulatinos mas alentadores para los trabajadores.
Estas son las cifras…
Salario
Mínimo Nacional 2016
|
$73.04
|
||
Monto
Independiente de Recuperación
|
$4.00
|
||
% Incremento
en Diciembre 2016
|
|
5.5%
|
|
SMN a
Diciembre 2016
|
$77.04
|
||
Incremento al
SMN para 2017
|
|
3.9%
|
|
Salario
Mínimo 2017
|
$80.04
|
||
Incremento
Real 2016 - 2017
|
$7.00
|
||
% Incremento
Real al SMN para 2017
|
|
9.6%
|
Este es un cálculo “plano” sin considerar inflación;
Años
|
Período
|
Incremento
|
Monto
|
|
2016
|
|
$73.04
|
1
|
2017
|
9.6%
|
$80.04
|
2
|
2018
|
9.6%
|
$87.72
|
3
|
2019
|
9.6%
|
$96.13
|
4
|
2020
|
9.6%
|
$105.35
|
5
|
2021
|
9.6%
|
$115.46
|
6
|
2022
|
9.6%
|
$126.53
|
7
|
2023
|
9.6%
|
$138.66
|
8
|
2024
|
9.6%
|
$151.96
|
9
|
2025
|
9.6%
|
$166.53
|
10
|
2026
|
9.6%
|
$182.50
|
11
|
2027
|
9.6%
|
$200.01
|
Nos llevaríamos mas de diez años en “recuperar” el poder
adquisitivo del salario, ¡considerando inflación cero!
Les dejo la liga al comunicado de la CONASAMI en el que informa de
los incrementos comentados;
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